LA COMUNIDAD COMO RESPONSABLE ANTE UN ACCIDENTE DE TRABAJO
Las comunidades de propietarios, en cumplimiento del art. 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, deben cumplir con la Coordinación de Actividades Empresariales tal y como recoge el comunicado del INVASSAT enviado por el COAFV en su circular nº 20 y reenviado a todos sus colegiados el pasado día 12 de febrero.
Todas las comunidades de propietarios están tipificadas como centro de trabajo y por tanto responsables de realizar la debida coordinación de actividades con las siguientes empresas:
➔ Empresas de limpieza de instalaciones
➔ Mantenimiento de zonas comunes (electricistas, extintores, fontaneros, pintores, jardineros, socorristas etc.)
➔ Mantenimiento de ascensores
El GRUPO LAE, en virtud del convenio de colaboración suscrito con el COAFA, está capacitado para implantarles esta normativa a sus comunidades de propietarios eximiendo de responsabilidad al administrador de la finca y a la comunidad.
La implantación de la norma incluye los siguientes servicios:
➔ Evaluación de Riesgos de las zonas comunes del edificio.
➔ Presencia de los técnicos en cada comunidad de propietarios para redactar el Plan de Evacuación del Edificio. Visita a todas las comunidades.
➔ Asesoramiento continuo.
➔ Identificación, evaluación y propuesta de medidas correctoras.
Para una más amplia información sobre la metodología, plazos y tarifas de la implantación de la norma, pueden llamar al 644 347 441 o a través del mail cae@laeconsulting.net.
Fuente:
IMPLANTACIÓN DE LA NORMATIVA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES (CAE)